Micelio
Auto22 de julio de 2015

A- de 2015

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Jaime Alvaro Jurado Soto·Demandado Direccion De Sanidad De La Policia Del Cesar

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
Conflicto De Competencia En Tutela
  • Reiteración auto A.124/09
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia entre el Juzgado Segundo Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Valledupar y la Sala Civil del Tribunal Superior de la misma ciudad, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.

La Corte advierte que en este asunto no se presenta un conflicto de competencia sino un error en la interpretación de las reglas de reparto relativo a las acciones de tutela.

Frente al particular precisa, que en la definición del régimen de competencias los únicos conflictos existentes son los relacionados con el factor territorial y los que se presentan en acciones dirigidas contra medios de comunicación, los cuales se les asignan a los jueces con categoría de circuito.

Se dirime el asunto con la remisión del expediente al Juzgado Segundo Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Valledupar, para que de forma inmediata tramite la solicitud de amparo presentada.

Se exhorta a la Oficina Judicial de la precitada ciudad para que siga las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1382 de 2000.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS los autos del seis (6) y el diez (10) de abril de dos mil quince (2015) proferidos por el Juzgado
  2. Segundo. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Valledupar, mediante los cuales se declaró incompetente para conocer la acción de tutela presentada por Jaime Álvaro Jurado Soto contra la Dirección de Sanidad de la Policía del César.
  3. Segundo. REMITIR el expediente al Juzgado
  4. Segundo. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Valledupar, para que de forma inmediata tramite la acción de tutela mencionada.
  5. Tercero. EXHORTAR a la Oficina Judicial de Valledupar para que siga las reglas de reparto de las acciones de tutela contenidas en el Decreto 1382 de 2000.
  6. Cuarto. Por Secretaría General, COMUNICAR a las partes y a la Sala Civil del Tribunal Superior de Valledupar la decisión adoptada en esta providencia.
  7. Comuníquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.